Un hombre pagó cuota alimentaria durante 14 años a hijo que no era suyo
Fuente: ambito.com
Un examen de ADN determinó que el hombre no tenía filiación. La madre, su ex novia, lo engañó en 1994. No deberá pasar más la cuota alimentaria.
La Justicia de Rosario desafectó a un hombre de pagar la cuota alimentaria de un chico de 14 años que al nacer había reconocido como propio, al comprobarse que no era suyo a través de un examen genético.
El hombre había reconocido la paternidad del menor luego que su ex pareja lo convenciera de que era el padre biológico del niño que nació una vez separados.
Claudio Gáspari, abogado del hombre, explicó que el caso se inició en 1988 con una relación de pareja entre su cliente, llamado Miguel, y una mujer de nombre Patricia.
La relación finalizó en a principios de 1994 y a mediados de ese año nació un varón, que la mujer atribuyó como fruto de la relación con Miguel.
Según el letrado, el hombre "creyó en la buena fe de la mujer" y en ese momento no pidió un examen de ADN.
Sin embargo, años más tarde tuvo dudas sobre la paternidad, por lo que convenció a su ex pareja de realizarse el examen genético, que dio resultado negativo.
A partir de ese momento, comenzó una batalla judicial que derivó en el fallo del Tribunal Colegiado de Famiilia número 5 de Rosario, en el que se determinó que cese la cuota alimentaria que pagó el hombre por más de una década.
También se sentenció que el chico inicie los trámites para cambiar su apellido actual -el mismo que el de Miguel- por el de su madre.
"El fallo de la Justicia se fundó en la Comisión Internacional de los Derechos del Niño al establecer el derecho del chico de conocer su identidad biológica", explicó el abogado Gáspari.
El letrado reconoció que al no comprobarse que la mujer haya adjudicado intencionalmente la paternidad a su cliente, no tiene mayores posibilidades en un eventual reclamo de indemnización por la cuotas alimentarias aportadas.
"No tengo conocimiento en la jurisprudencia santafesina de un caso similar", reconoció el abogado, y explicó que se trata simplemente de un fallo "tendiente a dejar sin efecto ese estado de familia que no correspondía".
Un examen de ADN determinó que el hombre no tenía filiación. La madre, su ex novia, lo engañó en 1994. No deberá pasar más la cuota alimentaria.
La Justicia de Rosario desafectó a un hombre de pagar la cuota alimentaria de un chico de 14 años que al nacer había reconocido como propio, al comprobarse que no era suyo a través de un examen genético.
El hombre había reconocido la paternidad del menor luego que su ex pareja lo convenciera de que era el padre biológico del niño que nació una vez separados.
Claudio Gáspari, abogado del hombre, explicó que el caso se inició en 1988 con una relación de pareja entre su cliente, llamado Miguel, y una mujer de nombre Patricia.
La relación finalizó en a principios de 1994 y a mediados de ese año nació un varón, que la mujer atribuyó como fruto de la relación con Miguel.
Según el letrado, el hombre "creyó en la buena fe de la mujer" y en ese momento no pidió un examen de ADN.
Sin embargo, años más tarde tuvo dudas sobre la paternidad, por lo que convenció a su ex pareja de realizarse el examen genético, que dio resultado negativo.
A partir de ese momento, comenzó una batalla judicial que derivó en el fallo del Tribunal Colegiado de Famiilia número 5 de Rosario, en el que se determinó que cese la cuota alimentaria que pagó el hombre por más de una década.
También se sentenció que el chico inicie los trámites para cambiar su apellido actual -el mismo que el de Miguel- por el de su madre.
"El fallo de la Justicia se fundó en la Comisión Internacional de los Derechos del Niño al establecer el derecho del chico de conocer su identidad biológica", explicó el abogado Gáspari.
El letrado reconoció que al no comprobarse que la mujer haya adjudicado intencionalmente la paternidad a su cliente, no tiene mayores posibilidades en un eventual reclamo de indemnización por la cuotas alimentarias aportadas.
"No tengo conocimiento en la jurisprudencia santafesina de un caso similar", reconoció el abogado, y explicó que se trata simplemente de un fallo "tendiente a dejar sin efecto ese estado de familia que no correspondía".
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